La reciente condena a Google por un jurado en California, que le obliga a pagar 314 millones de dólares como indemnización a usuarios de Android, marca un punto de inflexión en el debate sobre la privacidad digital. El veredicto, que responde a una demanda colectiva presentada en 2019 en nombre de unos 14 millones de californianos, no sólo implica una multa millonaria, sino una advertencia al gigante tecnológico en el sentido de que la recolección masiva de datos sin consentimiento no es un daño colateral del progreso, sino una violación de derechos fundamentales.
La acusación refiere que Google, a través de su sistema operativo Android, habría recopilado datos personales de sus usuarios incluso cuando los dispositivos estaban en reposo. Lo hizo —según los denunciantes – , sin consentimiento explícito, y utilizó esta información con fines comerciales, como personalizar publicidad o ajustar tarifas de telecomunicaciones. Google, por su parte, se defendió alegando que todo estaba estipulado en los contratos aceptados por los usuarios. Pero el jurado no encontró esa defensa suficiente, y la condena revela que el argumento del “consentimiento implícito” ya no es infalible.
Este caso no es un incidente aislado y se enmarca en una larga serie de litigios y cuestionamientos regulatorios que persiguen a Google y a otras grandes tecnológicas en Estados Unidos y Europa. El problema radica en un modelo de negocios basado en la extracción de datos personales a gran escala, muchas veces mediante prácticas engañosas. La sofisticación tecnológica de empresas como Google ha superado los marcos legales tradicionales, y ahora es la justicia —impulsada por usuarios cada vez más informados – , la que comienza a cerrar esa brecha.
Lo ocurrido en California representa un doble mensaje. Por un lado, a las empresas, que ya no pueden seguir escondiéndose detrás de términos de servicio ininteligibles para justificar la vigilancia; y por otro, a los usuarios, que tienen herramientas legales para exigir respeto a su privacidad.
Google es, sin duda, una de las empresas más innovadoras del siglo XXI, pero esa innovación no debe construirse a costa de derechos fundamentales. La sentencia no resolverá de inmediato el dilema de la privacidad digital, pero sí marca un precedente valioso en torno a cómo la tecnología debe estar al servicio de las personas. El verdadero desafío es transformar esta advertencia judicial en una reforma estructural del ecosistema digital, donde la transparencia, el consentimiento y el respeto por los datos personales sean norma, no excepción.